Administrativo
Tutela no procede contra lista de elegibles
13 de Agosto de 2012
La acción de tutela no procede contra los actos administrativos que conforman la lista de elegibles en los concursos de méritos.
Así lo señaló la Sección Segunda del Consejo de Estado, al confirmar el rechazo por improcedencia de la tutela presentada contra los acuerdos del Consejo Superior de la Carrera Notarial que calificaron los méritos y antecedentes de los concursantes para el acceso a dicha carrera.
Según la Sección, estos actos involucran los derechos de todas las personas que superaron el proceso de selección y aspiran a ser tenidas en cuenta para el nombramiento en el cargo.
Así las cosas, las controversias deben ser decididas por el juez natural del asunto, es decir, por el juez de lo contencioso administrativo.
En todo caso, recordó que la acción constitucional procede contra actos administrativos, siempre y cuando se cumplan los requisitos que ha señalado la Corte Constitucional en su jurisprudencia.
(Consejo de Estado, Sección Segunda, Sentencia 54001233100020120005801 (AC), mayo 8/12, C. P. Gerardo Arenas Monsalve)
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