Sorry, you need to enable JavaScript to visit this website.

Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.


Turistas pueden conducir vehículos con licencia de conducción de otro país, siempre y cuando esté vigente (3:31 p.m.)

Openx [71](300x120)

111512

05 de Junio de 2019

Escucha esta noticia audio generado con IA

Mantente al día

close

Suscríbete y escucha las noticias jurídicas narradas con IA.

Para conducir vehículos por las vías nacionales es necesario que el conductor obtenga la licencia de conducción, de acuerdo con lo previsto en los artículos 17 a 19 de la Ley 769 del 2002. No obstante, la ley permite que excepcionalmente turistas o personas en tránsito en el territorio nacional puedan conducir vehículos con la licencia de conducción de otro país, siempre y cuando esté vigente y solo durante el tiempo de permanencia autorizada, según disposiciones internacionales. Una vez cumplido el término mencionado, será necesario solicitar la licencia de conducción en Colombia.

¿Quieres descargar este documento?

close

Necesitas estar suscrito para acceder a este contenido.
Suscríbete ahora o inicia sesión y accede a documentos exclusivos, análisis jurídicos y más

¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito. Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!

Openx [12](300x250)

Openx [16](300x600)

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)