Suspenden provisionalmente apartes sobre exoneración de parafiscales en impuesto CREE (8:22 a.m.)
106715
06 de Abril de 2016
Escucha esta noticia audio generado con IA
Haz completado el límite de noticias
Suscríbete y continua la experiencia Legis
Un auto de ponente del Consejo de Estado suspendió provisionalmente los incisos 1° y 3° del artículo 7º del Decreto 1828 del 2013, expedido por el Ministerio de Hacienda, mediante el cual se reglamenta en la declaración del impuesto sobre la renta para la equidad (CREE) la exoneración de aportes parafiscales. Según el concepto del demandante, la medida cautelar debía proceder para suspender de manera urgente los efectos de la disposición acusada, debido a que se extralimita y contradice lo establecido en el artículo 25 de la Ley 1607 del 2012, afectando de este modo el patrimonio de los asociados. Como consecuencia, la ponencia de la magistrada Martha Teresa Briceño explica que la solicitud cumple con los requisitos indicados en el inciso 1º del artículo 231 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, puesto que la violación surge del análisis del acto demandado y su confrontación con las normas superiores invocadas como infringidas. Así, en virtud de lo dispuesto en las normativas objeto de controversia, “las expresiones acusadas son el punto sobre el cual se fundamenta la pretensión de nulidad, las cuales denotan la inclusión y exclusión de la cifra tope de exoneración del tributo, sobre lo que se ahondará en el momento de proferirse el fallo”, concluyó el auto. Finalmente, el despacho de la Sección Cuarta aclaró que la función reglamentaria de la mencionada cartera no puede sobrepasar la competencia del Legislativo, es decir, no debe desfigurar la situación regulada por la ley, hacerla nugatoria o extenderla a situaciones de hecho que el legislador no contempló (C.P. Martha Teresa Briceño).
¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito.
Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!