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Suspenden importante concurso para proveer más de mil vacantes en entidades de la Nación

27 de Agosto de 2018

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El Consejo de Estado suspendió provisionalmente la convocatoria que abrió la Comisión Nacional del Servicio Civil (CNSC) en el 2016 para proveer definitivamente vacantes del sistema nacional de carrera administrativa en 13 entidades de la Nación.

 

Así lo determinó el presidente de la Sección Segunda, William Hernández Gómez, en su condición de ponente en el caso de la demanda contra la Convocatoria 428 del 2016 (Acuerdo 20161000001296 del 29 de julio del mismo año). (Lea: Unifican jurisprudencia sobre carencia actual de objeto por sustracción de materia)

 

Según dicha actuación administrativa se busca proveer 729 empleos con 1729 vacantes pertenecientes a este sistema, que corresponden a niveles asesor, profesional, técnico y asistencial. Encuentre la Convocatoria 428 haciendo clic en el siguiente enlace.

 

Dado que el acto de convocatoria a este concurso de méritos fue suscrito por el presidente de la Comisión y no por las entidades beneficiarias del proceso, en especial el Ministerio del Trabajo, como lo exige la ley (inciso 1º del artículo 31 de la Ley 909 del 2004), el consejero ponente consideró necesario ordenar la suspensión provisional de la actuación administrativa que se encuentra adelantando con ocasión del concurso abierto por esta convocatoria, mientras se dicta sentencia.

 

Según la decisión, el cumplimiento de esta norma es un requisito sustancial del proceso, en tanto garantiza los principios de colaboración y coordinación armónica (artículos 113 y 209 de la Constitución).

 

“Bajo los parámetros enunciados, es evidente que los principios de colaboración armónica y coordinación administrativa relacionados en líneas anteriores tienen un contenido amplio que impide considerarse de forma abstracta. Además deben analizarse en doble dirección, esto es, en el marco de las funciones propias que corresponden por un lado a la CNSC y, de otro, las que atañen a la cartera del Trabajo en el marco del concurso de méritos”, concluye el pronunciamiento (C. P. William Hernández Gómez).

 

Consejo de Estado Sección Segunda, Auto 11001032500020170032600 (15632017), Ago. 23/18.

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