Administrativo
Solicitud de renuncia a funcionarios de dirección, manejo y confianza no afecta legalidad del retiro
13 de Septiembre de 2012
La renuncia solicitada a los titulares de cargos de dirección, manejo y confianza es válida, pues obedece a la facultad que tiene el nominador para integrar los cuadros en la cúpula administrativa, para garantizar un adecuado servicio público, aclaró el Consejo de Estado.
En reiterados pronunciamientos sobre los empleos de libre nombramiento y remoción en los que se exige una especial confianza, el Consejo ha señalado que las facultades discrecionales no son omnímodas, sino que deben estar encaminadas a la buena prestación del servicio público.
Según la corporación, la situación en que se encuentran los empleados que gozan de relativa estabilidad laboral no es igual a la de los funcionarios de libre nombramiento y remoción. Respecto a los segundos, recordó la Sala, se predica un grado de confianza que no se requiere en los primeros.
En el caso analizado, el alto tribunal negó la nulidad de una resolución proferida por la Fiscalía General de la Nación en la que se aceptó la renuncia al cargo de Fiscal Auxiliar ante la Corte Suprema de Justicia.
(Consejo de Estado, Sección Segunda, Sentencia 25000232500020070006001, abr. 26/12, C. P. Luis Rafael Vergara Quintero)
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