Si se evidencia el daño, es posible incoar acción fiscal durante la ejecución del contrato (2:22 p.m.)
29 de Octubre de 2013
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Nota:
92436
La acción fiscal en los contratos relacionados con recursos públicos se puede incoar durante la ejecución del contrato, bajo la condición de que se acrediten las evidencias de certeza del daño fiscal cierto y consolidado, señaló la Contraloría General de la República. La entidad unificó su doctrina respecto a la procedencia de imputar responsabilidad fiscal durante la liquidación, legalización y ejecución del contrato y sustituyó, en lo pertinente, el Concepto IE57453 del 2013.
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