Señalan características de la multa como una de las sanciones administrativas que puede imponer Superservicios (3:13 p.m.)
01 de Agosto de 2014
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Nota:
62576
La Sección Cuarta del Consejo de Estado recordó que el artículo 81 de la Ley 142 de 1994 señala las diferentes sanciones que puede imponer la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios (Superservicios). En este contexto, advirtió que la multa hasta por 2.000 salarios mínimos mensuales es una de las sanciones que permite el ordenamiento, cuando la naturaleza y gravedad de la falta lo ameriten. Según la sentencia, no existe reglamentación específica respecto a la gradualidad de la sanción, sin embargo, la ley faculta discrecionalmente al funcionario (artículo 36 del Código Contencioso Administrativo), para evaluar cada caso y determinar la sanción de acuerdo con los hechos y pruebas. Finalmente, agregó que las sanciones se deben graduar atendiendo el impacto de la infracción sobre la buena marcha del servicio público y a si el administrado es reincidente o no (C. P. Martha Teresa Briceño de Valencia).
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