Señalan bajo qué criterios la ejecución de facturas contra empresas sociales del Estado es competencia de la jurisdicción ordinaria (1:17 p.m.)
01 de Agosto de 2014
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Nota:
62584
El Consejo Superior de la Judicatura declaró competente a la jurisdicción ordinaria civil, representada en uno de los juzgados laborales de descongestión, para conocer una demanda para obtener el pago de facturas de venta originadas en un contrato de suministro de hemocomponentes (glóbulos rojos) entregados a una empresa social del Estado. En su opinión, para la ejecución de facturas a través de un proceso ejecutivo por obligación de pagar no es necesario incluir como parte del título ejecutivo el contrato estatal o a cualquiera otra fuente constitutiva, pues revestidas de la condición de factura de venta y por consiguiente de título valor, conforme al artículo 619 del Código de Comercio, se legitima el derecho literal y autónomo (C. P. Pedro Alonso Sanabria Buitrago).
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