Administrativo
Seguridad de autoridades municipales de “zona de distensión” era responsabilidad de la Policía
17 de Marzo de 2014
El Estado tiene un deber especial de protección frente a las personas que, por la naturaleza de sus funciones, el grupo político al que pertenecen o el contexto social en el que operan, deben ser resguardadas de cualquier ataque en su contra, incluso si no han solicitado formalmente protección de las autoridades.
Con este argumento, el Consejo de Estado condenó nuevamente la Nación por una falla en el servicio durante la “zona de despeje o de distensión”, en la que se realizaron negociaciones de paz con las FARC, que tuvo como consecuencia el asesinato del alcalde de Vista Hermosa (Meta), en 1998.
Según la corporación, los perjuicios ocasionados con el homicidio deben ser atribuidos a la Policía Nacional, y no al Ejército, pues el artículo 218 de la Constitución le confiere a la primera el deber de mantener el orden público, en pro del goce efectivo de las libertades y los derechos de los ciudadanos.
Por su parte, los artículos 217 de la Carta Política y 27 del Decreto 2015 del 2000 le confieren al Ejército la función esencial de defender la soberanía y la independencia del Estado.
El Consejo agregó que las entidades estatales estaban obligadas a tomar medidas efectivas para garantizar la vida e integridad física de las personas, en cuanto lo permitieran las normas que regulaban el desarrollo de las negociaciones de paz con las FARC.
Finalmente, advirtió que si bien la Corte Constitucional le dio su aval a la desmilitarización de los municipios que integraron las “zona de despeje”, esto no implicaba que las autoridades dejaran de brindarles seguridad a los administrados.
Por lo tanto, aunque el alcalde de Vista Hermosa (Meta) no hubiera denunciado amenazas en su contra, la reparación por su asesinato es atribuible a la Nación, que no adoptó medidas de protección, a pesar de la previsibilidad del atentado.
Documento disponible para suscriptores de Legismóvil. Solicite un demo.
Opina, Comenta