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Reubicación no afecta los derechos de carrera del servidor público beneficiario de un encargo (3:42 p.m.)

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07 de Julio de 2016

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Las plantas globales permiten determinar de manera general los empleos que se requieren en la respectiva entidad pública, sin que sean designados a una dependencia en particular, siendo competencia del jefe del organismo distribuir los cargos y ubicar el personal según las necesidades del servicio, siempre y cuando no implique condiciones menos favorables para el empleado. En ese orden de ideas, precisó el Departamento Administrativo de la Función Pública, la reubicación no afecta los derechos de carrera del servidor público, pues el movimiento de personal a otras dependencias no implica el cambio de la función del empleo respectivo, por lo que no existe restricción para que un empleado beneficiario de un encargo sea reubicado. Así las cosas, corresponde a la administración determinar si es procedente la medida.

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