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Renovaciones automáticas de contratos presumiendo la autorización del cliente vulneran flagrantemente los derechos de los consumidores (8:05 a.m.)

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09 de Febrero de 2011

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Al confirmar una sanción contra una reconocida empresa editora de directorios telefónicos que renovó automáticamente el contrato de publicación de un aviso sin la aprobación del cliente, la Superintendencia de Industria y Comercio (Superindustria) sostuvo que esa práctica, a todas luces violatoria de los derechos de los consumidores y de las disposiciones sobre suministro de información veraz y suficiente previstas en el Estatuto de Protección al Consumidor, debe ser objeto de censura y rechazo. Ante el argumento de la firma sancionada de que obtuvo autorización del cliente por vía telefónica pero que no posee la grabación, la Superindustria advirtió que, en estos casos, el comerciante debe tener los soportes probatorios para demostrarlo. “De esta manera, se asevera que los argumentos que plantea en su defensa carecen en su totalidad de cimiento probatorio que les brinde solidez y contundencia”, señala la resolución que decidió el recurso de apelación.

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