Reiteran que hijos de crianza pueden ser beneficiarios de indemnización por perjuicios morales (9:51 a.m.)
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17 de Mayo de 2016
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La Sección Tercera del Consejo de Estado recordó que los hijos de crianza cuentan con legitimación en la causa por activa y por ende resultan beneficiarios de la indemnización que, por perjuicios morales, sea reconocida en los procesos de responsabilidad estatal. Lo anterior se fundamenta en que la familia no se conforma únicamente por vínculos naturales y jurídicos, sino que se extiende a los lazos de amor, solidaridad y convivencia, como por ejemplo entre padre e hijos de crianza, explicó la providencia (C. P. Marta Nubia Velásquez).
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