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Administrativo


Reglamentan sistema único de gestión e información de la actividad litigiosa del Estado

El eKOGUI será utilizado y alimentado por las entidades y los organismos estatales del orden nacional, cualquiera sea su naturaleza y régimen jurídico.
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21 de Octubre de 2014

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El sistema de gestión e información de la actividad litigiosa del Estado (eKOGUI) es la única herramienta para el seguimiento de las actividades, procesos y procedimientos inherentes a la actividad judicial y extrajudicial ante las autoridades nacionales e internacionales, señala el Decreto 2052 del pasado 16 de octubre, expedido por el Ministerio de Justicia.

 

Este sistema permitirá la adecuada gestión del riesgo fiscal asociado a dichas actividades de la Nación, así como monitorear y gestionar los procesos que se deriven de ellas, sin perjuicio de la función constitucional y legal atribuida a la Contraloría General de la República.

 

La herramienta brindará mecanismos focalizados para la generación de conocimiento, la formulación de políticas de prevención del daño antijurídico, la generación de estrategias de defensa jurídica y el diseño de políticas para la adecuada gestión del ciclo de defensa.

 

El eKOGUI será utilizado y alimentado por las entidades y los organismos estatales del orden nacional, cualquiera sea su naturaleza y régimen jurídico, y por aquellas entidades privadas del mismo orden que administren recursos públicos.

 

Cualquier información sobre la actividad litigiosa que se reporte a las demás instituciones que tienen obligación o competencia para recaudar información sobre la materia, o a los ciudadanos en general, deberá coincidir con la entregada al sistema.

 

Los lineamien­tos generales para el control, la administración y la dirección del sistema, así como el plan de vigilancia judicial para el seguimiento y monitoreo de la información, serán definidos por el Consejo Directivo de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado (ANDJE), con carácter vinculante para las entidades y organismos incluidos en el ámbito de aplicación de estas disposiciones.

 

Los jefes de control interno verificarán el cumplimiento de las obligaciones fijadas a través de procedimientos internos y le enviarán semestralmente a la ANDJE una certificación sobre el resultado de la revisión, sin perjuicio de las acciones que se estimen pertinentes dentro de los planes de mejoramiento institucionales para asegurar la calidad de la información.

 

De igual manera, deberán tomar las acciones que se requieran para que la entidad cuente con los medios tecnológicos y de comunicaciones necesarios para acceder al eKOGUI. En todo caso, “las entidades públicas del orden nacional no podrán desarrollar sistemas de información que tengan el mismo objeto del nuevo método”, advirtió el ministerio.

 

Vale la pena recordar que la ANDJE ha venido desarrollando actividades de sensibilización en algunas ciudades del país, donde se ha presentado el eKOGUI. Para su directora, Adriana Guillén, esta labor es muy importante, pues el nuevo sistema permitirá establecer el impacto real de las demandas que cursan contra el Estado y, con base en esta información, desarrollar políticas de prevención del daño antijurídico, implementar mecanismos alternativos de solución de conflictos y diseñar estrategias de defensa.​

 

(Ministerio de Justicia, Decreto 2052, oct. 16/14)

 

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