Reelección de gerentes de ESE solo es viable por una sola vez, en el periodo siguiente (10:38 a.m.)
18 de Abril de 2016
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Nota:
106536
De acuerdo con lo previsto en el Decreto 52 del 2016, por el cual se reglamentó la reelección por evaluación de los gerentes de las empresas sociales del Estado (ESE), la junta directiva tendrá en cuenta la última evaluación que se hubiere realizado en cumplimiento al plan de gestión, siempre y cuando haya sido satisfactoria y esté en firme. El nominador del ente territorial, dentro del cinco días siguientes al recibo de la solicitud de la junta, podrá aceptar la reelección o negarla. Si la acepta, deberá designarlo dentro de los 15 días siguientes. En caso contrario, deberá solicitarle que proceda a convocar el respectivo concurso de méritos. Los gerentes actuales podrán ser reelegidos por una sola vez, para el periodo siguiente. Por lo tanto, indicó el Departamento Administrativo de la Función Pública, quien se ha desempeñado en el cargo de gerente de la misma ESE por dos periodos institucionales consecutivos, aunque el primero haya sido por encargo, no podrá presentarse de manera inmediata al siguiente concurso de méritos para proveer dicho cargo.
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