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Recursos públicos entregados en virtud de un contrato de obra son objeto de control fiscal (10:38 a.m.)

61007

25 de Abril de 2018

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Los recursos públicos que se entregan a particulares para la ejecución de un contrato de obra son objeto de vigilancia y control por parte de la autoridad respectiva, indicó la Contraloría General de la República. De acuerdo con la interpretación jurisprudencial de la expresión “con ocasión de esta”, contenida en el artículo 1 de la Ley 610 del 2000, si el objeto del control fiscal comprende la vigilancia del manejo y administración de los bienes y recursos públicos, fuerza reconocer que a las contralorías les corresponde investigar, imputar cargos y deducir responsabilidades en cabeza de quienes en el manejo de los mismos o, con ocasión de su gestión, causen daño patrimonial al Estado por acción u omisión, tanto en forma dolosa como culposa. 

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