Recuerdan requisitos para lograr el reconocimiento de las pretensiones por mayor permanencia en la obra (12:34 p.m.)
24 de Septiembre de 2018
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Nota:
109510
La Sección Tercera del Consejo de Estado recordó, al conocer el recurso de apelación dentro de un proceso en el que se ventilaba una controversia contractual, que para el reconocimiento de las pretensiones por mayor permanencia en la obra se debe acreditar (i) la prolongación en el tiempo de la ejecución inicialmente pactada, (ii) que esa extensión obedezca a hechos no imputables al contratista e imputables o no a su contraparte, (iii) que el contratista cumpla con su débito contractual y, finalmente, (iv) que se acrediten los mayores extra costos generados por la mayor permanencia en la obra. En relación con la carga probatoria de los mayores extracostos, la corporación resaltó el nivel de exigencia probatoria. En efecto, si el contratista pretende obtener perjuicios por conceptos distintos, como el de la permanencia de equipos y personal en la obra durante los periodos de suspensión de la obra, deberán ser debidamente acreditados (C. P. Ramiro Pazos).
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