Recuerdan que enriquecimiento sin causa debe ventilarse a través de la acción de reparación directa (2:38 p.m.)
25 de Septiembre de 2015
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Nota:
102902
La Sección Tercera del Consejo de Estado recordó que la pretensión del enriquecimiento sin justa causa se debe ventilar, en sede judicial, a través de la acción de reparación directa y su procedencia se limita a la ocurrencia de tres hipótesis definidas en la Sentencia de unificación proferida por la Sala Plena el 19 de noviembre del 2012. La primera de ellas procede ante la acreditación de manera fehaciente y evidente en el proceso, que fue exclusivamente la entidad pública, sin participación y sin culpa del particular afectado, la que en virtud de su supremacía constriñó al respectivo particular la ejecución de prestaciones o el suministro de bienes o servicios en su beneficio, por fuera del marco de un contrato estatal o con prescindencia del mismo. Así mismo, procede en los eventos en que es urgente y necesario adquirir bienes, solicitar servicios, suministros, ordenar obras con el fin de prestar un servicio para evitar una amenaza o una lesión inminente e irreversible al derecho a la salud y, finalmente, cuando debiéndose legalmente declarar una situación de urgencia manifiesta, la administración omite tal declaratoria y procede a solicitar la ejecución de obras, prestación de servicios y suministro de bienes, sin contrato escrito alguno (C.P. Hernán Andrade).
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