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Actualizado hace 5 hours | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Administrativo


Recuerdan obligación judicial de adoptar decisiones con enfoque de género (9:08 a.m.)

23 de Enero de 2019

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Nota:
110925
Frente a denuncias de mujeres que han sido víctimas de actos de violencia o discriminación, corresponde al sistema judicial dar una respuesta efectiva dirigida a garantizar su especial protección constitucional, bajo estándares establecidos en los instrumentos internacionales y en la Constitución Política. En razón a ello, les corresponde a las autoridades judiciales abordar cada caso con un enfoque diferencial y activar todos los poderes derivados de la actividad judicial dirigidos a sancionar, reparar y prevenir. Con este argumento, la Sección Cuarta del Consejo de Estado, al resolver una acción de tutela, dejó sin efectos las sentencias proferidas en el marco de la acción de reparación directa instaurada por un grupo de mujeres que aseguraban ser víctimas de violencia sexual por parte de miembros del Ejército Nacional. Para la Sala, haber negado las pretensiones solo por no contar con un dictamen expedido por el Instituto de Medicina Legal que certificara el acceso carnal violento contraía el principio que obliga a todas las autoridades judiciales a juzgar con enfoque de género y, así mismo, desconoce el valor probatorio de resto de elementos aportados durante el juicio (C. P. Stella Jeannette Carvajal).

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