Recuerdan concurrencia de culpas en la responsabilidad estatal (10:53 a.m.)
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27 de Febrero de 2014
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La entidad pública demandada se exonera de responsabilidad si logra probar que el comportamiento del afectado fue determinante y decisivo en la generación del daño, reiteró la Sección Tercera del Consejo de Estado. Sin embargo, cuando la culpa de la víctima es causa parcial en la producción del daño, esto conducirá a una disminución de la condena de la administración, recordó el alto tribunal. En el caso estudiado, determinó que aunque el Instituto Nacional de Vías omitió conservar en buen estado la carretera en donde se produjo la muerte de dos personas que transitaban en una motocicleta, la imprudencia del conductor de esta también contribuyó al resultado lesivo, es decir, existió una concurrencia de culpas (C. P. Enrique Gil Botero).
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