Recuerdan cómo conseguir prosperidad de nulidad de un acto de adjudicación (10:39 a.m.)
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19 de Octubre de 2015
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La Sección Tercera del Consejo de Estado recordó que cuando el demandante de una acción contractual pretende la nulidad del acto de adjudicación y, como consecuencia de esta declaratoria, el reconocimiento de la respectiva indemnización, por considerar que su propuesta era la mejor, le corresponde cumplir una doble carga procesal, en tanto debe demostrar que el acto lesionó normas superiores del ordenamiento jurídico y debe probar que efectivamente su propuesta era la mejor. En ese sentido, el alto tribunal resaltó que el éxito de la prosperidad de esta pretensión, depende, fundamentalmente, de acreditar el vicio de ilegalidad y de la prueba que permita inferir que la propuesta del demandante estaba emplazada y merecía ser, de acuerdo con los criterios objetivos de selección, la adjudicataria, por cumplir con todos los requisitos del pliego de condiciones, que para el efecto se consideran ley del procedimiento de selección (C.P. Hernan Andrade)
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