Recuerdan acciones procedentes para reclamar pago de indemnización moratoria por falta de pago de cesantías(3:10 p.m.)
30 de Octubre de 2014
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Nota:
98032
Desde el 2007, la acción procedente para reclamar el pago de la sanción moratoria por la no cancelación en tiempo oportuno de las cesantías definitivas es, en algunos casos, la de nulidad y restablecimiento del derecho y, en otros, la acción ejecutiva ante la justicia ordinaria, recordó la Sección Tercera del Consejo de Estado. No obstante, los procesos iniciados previamente a través de la acción de reparación directa deben continuar hasta su culminación, con el fin de proteger la seguridad jurídica y el acceso a la administración de justicia, advirtió. Adicionalmente, el alto tribunal indicó que la falta de respuesta a la petición de reconocimiento de esa prestación no impide la efectividad de tal sanción, porque si la administración no se pronuncia la mora se contabiliza desde la fecha en que el trabajador radicó su solicitud (C. P. Hernán Andrade).
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