Publicidad de tiquetes aéreos debe incluir el precio total, incluidos impuestos, tasas y cargos adicionales (5:03 p.m.)
09 de Mayo de 2011
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Nota:
73030
La Aeronáutica Civil acaba de precisar el alcance de la Resolución 2941 del 2008, que autorizó un incremento del cargo por combustible para la venta de tiquetes aéreos con destinos nacionales e internacionales. Esa medida está sujeta a que las aerolíneas mantengan la operación en las rutas y las frecuencias autorizadas y publiciten el total de la tarifa, incluidos los impuestos, tasas, tarifas, cargos adicionales y demás valores que deba cancelar el usuario. Con base en esa norma, la Circular Externa 1064-513.1-01-11 del 2011, remitida a aerolíneas, agencias de viajes e intermediarios, les prohíbe hacer publicidad sobre la tarifa aérea neta. También aclara que el cargo por combustible no hace parte de la base para liquidar la tarifa administrativa (otro rubro que se adiciona al valor del tiquete). Cuando se efectúe el reembolso del dinero de un tiquete aéreo, el cargo por combustible también será objeto de devolución, agrega el instructivo, que se incorpora a la citada resolución.
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