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Publican cambio de reglamento para elecciones en el Consejo de Estado

22 de Junio de 2015

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Como lo anticipó Ámbito Jurídico, el Consejo de Estado modificó el reglamento de sus procesos electorales, para hacer frente al creciente número de vacantes que se presenta en el organismo, por la terminación de los periodos constitucionales de varios magistrados y la dificultad para elegir a sus remplazos.

 

En su última edición (49546), el Diario Oficial dio a conocer el contenido de esa nueva disposición, que pretende destrabar varias elecciones que se avecinan en la máxima instancia contenciosa, y que amenazan con una eventual pérdida de quórum decisorio en la Sala Plena.

 

A través del Acuerdo 110 del 2015, se introdujeron cambios al artículo 45 del Acuerdo 58 de 1999. Como se dijo en su momento, a partir de ahora, quien pretenda ser elegido en alguna de esas contiendas debe recibir el apoyo de las dos terceras partes de los magistrados que se encuentran en ejercicio de funciones en la corporación.

 

Así, ya no será necesario que ese porcentaje se calcule a partir del número de magistrados que la Constitución le había asignado a esa corporación, aunque cabe anotar que los procesos iniciados antes de la entrada en vigencia de la reforma sí tendrán que seguir rigiéndose a partir de esa regla.

 

De esta manera, en los procesos electorales que se inicien desde la vigencia de esta nueva disposición, los aspirantes podrán ser elegidos con menos de 21 votos, en tanto solo constituirá el número de sufragios mínimo cuando no existan vacantes para magistrado titular

 

(Consejo de Estado, Acuerdo 110)

 

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