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Prohibición para construir en cerros orientales de Bogotá no afecta los derechos adquiridos

06 de Noviembre de 2013

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Nota:
22697

El Consejo de Estado le dio su visto bueno a la prohibición de iniciar nuevos proyectos urbanísticos y mineros en los cerros orientales de Bogotá. Sin embargo, para no afectar los derechos adquiridos de quienes obtuvieron licencias legales para construir en esa zona, se abstuvo de ordenar demoliciones de viviendas y la reubicación de sus habitantes.

 

El alto tribunal ratificó que los derechos colectivos al goce de un ambiente sano, entre otros, fueron afectados por la construcción de edificaciones y la explotación del subsuelo en dicha zona, declarada como reserva forestal.

 

La Sala Plena aclaró que, si bien el Ministerio de Medio Ambiente actuó en ejercicio de sus competencias al fijar la sustracción de las áreas objeto de la protección, no se podía desconocer la confianza legítima que surgió en quienes adelantaron proyectos, con base en actuaciones administrativas que gozaban de presunción de legalidad.

 

Pese a que se abstuvo de ordenar la demolición de viviendas y la respectiva reubicación de sus habitantes, el Distrito Capital deberá elaborar un plan para reubicar los asentamientos humanos que amenacen ruina o estén en situación de riesgo no mitigable.

 

Además, para compensar el impacto ambiental negativo, el área de ocupación pública prioritaria debe proyectarse como una zona de aprovechamiento ecológico que le permita a la ciudadanía actividades de recreación.

 

Las órdenes impartidas deberán ser incluidas en una iniciativa de reforma al plan de ordenamiento territorial, que el Alcalde Mayor deberá presentar al Concejo Distrital.

 

La magistrada Stella Conto se opuso a la decisión mayoritaria, que acogió íntegramente el proyecto de fallo presentado por María Claudia Rojas.

 

(Consejo de Estado, Sala Plena, Comunicado, nov. 6/13)

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