Administrativo
Procuraduría es máxima autoridad disciplinaria de funcionarios de elección popular: procurador Ordóñez
16 de Enero de 2014
En reiteradas sentencias, como la que decidió la tutela que interpuso la exsenadora Piedad Córdoba en contra de su destitución, la Corte Constitucional ha sostenido que la Procuraduría General de la Nación es la máxima autoridad disciplinaria de los funcionarios, incluidos los de elección popular.
Así lo sostuvo el procurador general de la Nación, Alejandro Ordóñez, en declaraciones ofrecidas a la cadena Blu Radio.
Además, Ordóñez aclaró que la propia Corte, con ponencia del entonces magistrado Humberto Sierra Porto, señaló que no existe contradicción entre la Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José) y las normas que le otorgan al Procurador General la posibilidad de imponerles sanciones inhabilitantes a estos servidores.
Según el jefe del Ministerio Público, pretender crear funcionarios sin un régimen de control disciplinario sería establecer un régimen de impunidad que deslegitimaría la democracia.
Fallo Petro no ha surtido efectos
De otro lado, Ordóñez aclaró que los efectos jurídicos de un fallo disciplinario empiezan a regir a partir de su notificación. Como el alcalde de Bogotá, Gustavo Petro, no se ha notificado de la decisión que ordenó su destitución e inhabilidad por 15 años para ejercer funciones públicas, la orden de suspensión provisional que se dio recientemente en un proceso de tutela no tiene ningún efecto, agregó.
Sobre el particular, el Procurador informó que le solicitó al Presidente del Tribunal Administrativo de Cundinamarca la acumulación de las acciones de tutela que se han presentado contra ese fallo disciplinario ante dicha corporación.
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