Precisan factor temporal para declarar caducidad del contrato estatal (12:30 p.m.)
14 de Noviembre de 2013
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Nota:
92688
La Sección Tercera del Consejo de Estado afirmó que mientras esté vigente el plazo del contrato la administración tiene competencia temporal para declarar la caducidad, siempre que concurran los demás requisitos legales. Sin embargo, precisó que ello no significa que la entidad esté autorizada para imponer la caducidad arbitrariamente durante aquel plazo, pues sus actos serán nulos, lo cual deberá establecerse en el caso concreto. El consejero Enrique Gil aclaró el voto, al considerar que es procedente declarar esa sanción después de expirado el término de ejecución del contrato (C. P. Enrique Gil).
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