14 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 4 hours | ISSN: 2805-6396

Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.

Noticias / Administrativo


Precisan contabilización de caducidad respecto de impugnación contra sanción disciplinaria que implique retiro temporal o definitivo del empleo (11:12 a.m.)

16 de Agosto de 2016

Reproducir
Nota:
124159
Un auto de ponente de la Sección Segunda del Consejo de Estado tuvo como problema jurídico central determinar si la contabilización del término de caducidad, tratándose de una decisión sancionatoria disciplinaria de destitución en el ejercicio del cargo, se realiza a partir de la comunicación del acto de ejecución de la sanción impuesta o si, en su defecto, su conteo es a partir del conocimiento que tuvo la accionada para el agotamiento de la conciliación prejudicial. Al respecto, el despacho precisó que cuando la sanción disciplinaria de retiro temporal o definitivo del servicio es ejecutada con aplicación del artículo 172 de la Ley 734 del 2002 y el correspondiente acto de ejecución materializa la terminación del vínculo laboral del servidor público, “el cómputo del término de caducidad del medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho se hace a partir del acto de ejecución”, conceptuó el pronunciamiento (C.P. Sandra Ibarra).

Opina, Comenta

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)