Precisan condiciones de publicidad de la actividad contractual de las empresas industriales y comerciales del Estado (10:06 a.m.)
28 de Agosto de 2015
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Nota:
103412
" La Agencia Nacional de Contratación Pública (Colombia Compra Eficiente) da alcance a la Circular Externa 1º del 2013, para establecer las condiciones de publicidad de la actividad contractual de las empresas industriales y comerciales del Estado, las sociedades de economía mixta y las empresas de servicios públicos domiciliarios que en su actividad comercial están en situación de competencia. Las entidades pueden utilizar sus sistemas de información propios para efectos de la publicidad cuando estos permitan hacer el proceso de contratación en línea, además de permitir a los proveedores y al público en general tener acceso oportuno, permanente e ininterrumpido a todo lo relacionado a su actividad. La información debe cumplir los plazos y requerimientos de las normas aplicables a la materia y de acceso a la misma, respetando los datos y documentos reservados de acuerdo con la normativa aplicable. Las entidades cuyos sistemas de información propios no cumplan las condiciones señaladas deben publicar su actividad contractual en el Secop utilizando la clasificación ""régimen especial”. "
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