Precisa diferencias conceptuales entre la individualización y la identificación del posible autor de un delito (12:38 p.m.)
03 de Octubre de 2018
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Nota:
109331
Al conocer el recurso de apelación en contra de una decisión proferida en un proceso de reparación directa por privación injusta de la libertad, la Sección Tercera del Consejo de Estado recordó la importancia de diferenciar entre la individualización y la identificación del posible autor del delito. En efecto, explicó que la primera noción hace referencia al proceso, más o menos complicado, de concretar a una persona y de distinguirla con sus características de todas las demás. Por su parte, precisó que identificar es algo que se haya íntimamente ligado a lo anterior, pero que es, sin embargo, diferente en un sentido amplio y genérico, en tanto es el resultado final al que toda individualización debe concluir. Así las cosas, este último concepto se refiere a confirmar y acreditar con exactitud el primero de ellos (C. P. Marta Nubia Velásquez).
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