Administrativo
No motivar la desvinculación de provisionales tiene fundamento constitucional: Consejo de Estado
10 de Abril de 2012
La tesis de la Sección Segunda del Consejo de Estado según la cual el acto de retiro de un empleado en provisionalidad no requiere motivación proviene de un análisis constitucional.
Así lo afirmó esta corporación, en respuesta a la Corte Constitucional, que calificó esta tesis como “legal, mas no constitucional ni iusfundamental”.
La Sección aclaró que no motivar la desvinculación de los provisionales tiene fundamento en el artículo 125 de la Constitución, que señala las causales de retiro de los empleados de carrera.
En otras palabras, como los empleados provisionales ingresan al servicio por razones discrecionales, no pueden ampararse en las causales de retiro de dichos servidores.
Tesis de la Corte Constitucional
Contrario a lo que sostiene la Sección Segunda, la Corte Constitucional ha reiterado que los actos de desvinculación de los empleados provisionales en cargos de carrera deben motivarse.
Así lo hizo en la Sentencia SU-691 del 2011, al revocar varios fallos del Consejo de Estado en los que se confirmaron actos de insubsistencia de provisionales que no indicaban las razones de la decisión.
A juicio de la Corte, mientras no exista una lista de elegibles, los servidores nombrados bajo esta modalidad gozan de una estabilidad intermedia.
Excepción
Si bien el Consejo defiende la discrecionalidad para declarar insubsistentes a los empleados provisionales, ha exceptuado de esta regla a quienes fueron nombrados en vigencia de la Ley 909 del 2004.
En estos casos, la desvinculación sí debe motivarse, pues así lo estableció el legislador, explicó la Sección Segunda.
(Consejo de Estado, Sección Segunda, Sentencias 05001233100020050143501 (045111) y 08001233100020040160001 (03662009), oct. 12 y 21/11, C.P. Luis Rafael Vergara Quintero)
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