Administrativo
Mantienen suspensión provisional de destitución de Gustavo Petro
17 de Marzo de 2015
El Consejo de Estado negó el recurso de súplica mediante el cual la Procuraduría General de la Nación buscaba que se ejecutara el fallo de destitución e inhabilidad de 15 años que le impuso al alcalde de Bogotá, Gustavo Petro.
La decisión implica que el alcalde permanecerá en su cargo hasta que la Sección Segunda del alto tribunal determine si el Ministerio Público actuó o no apegado a la legalidad al juzgar disciplinariamente la conducta de Petro, ante el cambio en el esquema de recolección de basuras de la capital del país.
Por una votación de 16 votos contra seis, la Sala acogió la ponencia en la que la magistrada Sandra Lisset Ibarra proponía mantener suspendida la ejecución del fallo emitido por la Procuraduría. A su juicio, en principio, habría un exceso en la sanción, pues no hay evidencia de que haya existido una actuación dolosa de Petro al reformar dicho esquema.
Algunos magistrados que se opusieron al proyecto sostenían que la probable extralimitación del Ministerio Público que se tuvo en cuenta para mantener la medida cautelar debía resolverse en la sentencia. Sin embargo, la mayoría estableció que el principio de presunción de inocencia debía cobijar al demandante, y en este caso sancionado, por lo que lo procedente era ratificar la medida cautelar decretada por el ponente del caso, Gerardo Arenas.
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