Lista ley de beneficios para soldados con detención preventiva
31 de Julio de 2019
Con la Ley 1984 del 2019, que consta de tres artículos, se modifica el artículo 11 del Decreto Ley 1793 del 2000 (régimen de carrera y estatuto del personal de soldados profesionales de las fuerzas militares), así se cambian algunos efectos de la detención preventiva en casos en que sea impuesta a soldados profesionales e infantes de marina
Para los congresistas que impulsaron la ley, el retiro forzado de soldados a quienes se impone medida de aseguramiento es un trato discriminatorio que viola el derecho a la igualdad y la presunción de inocencia.
Disposiciones establecidas
La ley permitirá a los militares suspendidos percibir primas, subsidios y el 50 % del salario básico correspondiente; si es absuelto, deberá reintegrársele el porcentaje retenido.
Cuando la sentencia sea condenatoria, las sumas retenidas pasarán a formar parte de los recursos de la Caja de Retiro de las Fuerzas Militares.
Sumado a eso, cuando el tiempo de la suspensión sea superior al de la condena impuesta por la autoridad competente se deberá reintegrar el excedente de los salarios retenidos, y si se concede el derecho de libertad provisional no procederá la suspensión de funciones.
También prevé el levantamiento de la suspensión cuando haya sentencia absolutoria, se venzan términos, precluya o se archive la investigación penal, haya una cesación del procedimiento o se revoque la medida de aseguramiento. Una vez ocurra alguna de estas situaciones procesales, el soldado o infante de marina será reincorporado al servicio y devengará la totalidad del salario mensual.
Es de precisar que en el artículo 11 del Decreto 1793, objeto de las modificaciones establecidas, se señalaba que el soldado profesional a quien se le profiera medida de aseguramiento consistente en detención preventiva que exceda de 60 días calendario será retirado del servicio.
Congreso, Ley 1984, Jul. 30/19.
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