14 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 2 hours | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Administrativo


Ley de Garantías no afecta el traslado de afiliados entre EPS del régimen subsidiado (4:28 p.m.)

05 de Mayo de 2014

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Nota:
96955
De acuerdo con lo previsto en el artículo 3° de la Ley 1438 del 2011 (reforma a la salud), el cual modificó el artículo 153 de la Ley 100 de 1993, el sistema de seguridad social en salud asegurará a los usuarios libertad en la escogencia entre las entidades promotoras de salud y los prestadores de servicios de salud, en cualquier momento, es decir, sin la necesidad de suscribir un contrato, por lo que el traslado entre afiliados no puede verse afectado por la Ley 996 del 2005 (Ley de Garantías), precisó el Ministerio de Salud. De otra parte, el Decreto 3045 del 2013, por el cual se estableció un mecanismo único y excepcional para el traslado de afiliados de las EPS ante liquidación voluntaria, revocatoria de su autorización de funcionamiento, por intervención forzosa administrativa o liquidación, también indica que el mismo tiene su origen en una disposición normativa y no en un contrato.

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