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La fuerza debe ser el último recurso al cual debe acudirse para reprimir o repeler un delito o una agresión (4:57 p.m.)

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16 de Mayo de 2014

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Cuando una autoridad, en ejercicio del uso de la fuerza, produce la pérdida de la vida de una persona debe haber mediado un análisis de la conducta que trajo como resultado la muerte de un individuo, recordó el Consejo de Estado; también indicó que la fuerza debe ser el último recurso al cual debe acudirse para reprimir o repeler un delito o una agresión. El alto tribunal tuvo en cuenta para el caso concreto lo señalado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso Retén de Catia vs. Venezuela y la Resolución 34/169 de 1979 de la Asamblea General de las Naciones Unidas (Código de Conductas para los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley), que contienen unas pautas para el uso de la fuerza y de las armas por parte de las autoridades estatales. En el contexto colombiano, mencionó la Resolución 9960 de 1992, en la cual el Director de la Policía Nacional aprobó el Reglamento de vigilancia urbana y rural (C.P. Jaime Orlando Santofimio Gamboa).

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