La celebración de concurso como condición para otorgar la habilitación de una empresa en la modalidad mixta de transporte es un deber legal a cargo del Estado (2:38 p.m.)
06 de Enero de 2011
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Nota:
70913
El Consejo de Estado recordó que la celebración de un concurso como condición para otorgar la habilitación de una empresa en la modalidad mixta de transporte (pasajeros y carga) constituye un deber legal a cargo del Estado. El consejo precisó que este servicio está sujeto a rutas y horarios predeterminados, por lo que es aplicable la exigencia de concurso, prevista en la Ley 336 de 1996 (C.P. María Claudia Rojas Lasso).
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