Iniciativa legislativa gubernamental debe seguir las siguientes directrices (1:12 p.m.)
28 de Agosto de 2018
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Nota:
110414
Mediante la Directiva Presidencial 6, del pasado 27 de agosto, se fijaron las directrices que deben observar los ministros y directores de departamentos administrativos para hacer uso de la iniciativa legislativa y tramitar ante el Congreso de la República disposiciones de orden constitucional y legal. En lo que se refiere a proyectos de acto legislativo o de ley de iniciativa gubernamental la norma indica que deben ser radicados previamente ante la Secretaría Jurídica de la Presidencia de la República, que realizará una revisión preliminar de orden jurídico con el fin de determinar que se ajuste a las normas constitucionales y, en ese orden, emitirá un concepto de viabilidad o realizará las observaciones que considere convenientes. La disposición deroga las directivas presidenciales 4 del 2016, 26 del 2011 y 5 del 2010.
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