Administrativo
Inhabilidad por delitos contra el patrimonio público debe ser permanente: Procuraduría
11 de Abril de 2012
La Procuraduría General de la Nación le solicitó a la Corte Constitucional condicionar la exequibilidad del artículo 1º de la Ley 1474 del 2011, que establece una inhabilidad de 20 años para las personas naturales responsables de delitos de corrupción.
En opinión del Ministerio Público, este límite no se debería aplicar cuando se comentan delitos que afecten el patrimonio del Estado, de lesa humanidad y narcotráfico o relacionados con la pertenencia, promoción o financiación de grupos armados ilegales.
La entidad recordó que, según la Sentencia C-038 de 1996, la ley no puede establecer inhabilidades menos severas que las previstas en la Constitución.
Como el artículo 122 de la Carta Política, modificado por el Acto Legislativo 01 del 2009, establece que la inhabilidad para los delitos mencionados es permanente, la norma cuestionada no podría fijar un límite de 20 años.
Por la misma razón, la Procuraduría pidió que en estos casos no se aplique la excepción relativa a los delitos culposos.
(Procuraduría General de la Nación, Concepto 5341 (D-8942), mar. 26/12)
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