Administrativo
Inexequible acto legislativo que favorecía a provisionales en concursos de méritos
04 de Abril de 2012
La Corte Constitucional declaró inexequible el Acto Legislativo 04 del 2011, que ordenaba homologar las pruebas de conocimiento de los concursos de méritos con la experiencia de los empleados provisionales y los estudios adicionales que acreditaran.
Para la Corte, la reforma impactó en tal grado los principios del mérito y la igualdad de oportunidades propios la carrera administrativa, que sustituyó la Constitución.
Si bien el concurso de méritos era necesario para acceder a los cargos, el acto legislativo les daba una ventaja a los provisionales frente a los demás aspirantes, lo que desarticulaba el sistema de carrera, concluyó el alto tribunal.
Antecedentes
En el 2008, el Congreso había promulgado otra reforma constitucional que beneficiaba a los provisionales. El Acto Legislativo 01 de ese año ordenó la inscripción automática e inmediata de estos empleados en la carrera administrativa, sin necesidad de concurso público.
Esta reforma también fue declarada inexequible por la Corte Constitucional, en la Sentencia C-588 del 2009, por desconocer los elementos definitorios de la carrera administrativa.
Los planteamientos que acogió la Corte en ese momento fueron reiterados ahora, para concluir que el concurso de méritos garantiza la selección fundada en la evaluación y la determinación de la capacidad e idoneidad del aspirante.
Salvamentos de voto
Los magistrados Mauricio González, Jorge Ignacio Pretelt y Humberto Sierra anunciaron la presentación de salvamentos de voto. Según los magistrados, el Acto Legislativo 04 del 2011 no desconoció la carrera administrativa, pues respetó la obligatoriedad del concurso público.
Para González y Sierra, la declaratoria de inexequibilidad demuestra el problema en la indeterminación de los límites de la potestad del Congreso para hacer reformas constitucionales.
Pretelt, por su parte, advirtió que la decisión representa una encrucijada para el Congreso, que debe buscar una salida que no desconozca los principios de la carrera administrativa.
(Corte Constitucional, comunicado Sentencia C-249, mar. 28/12, M. P. Juan Carlos Henao)
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