Ineficacia de pleno derecho o fórmula ‘pro non scripta’ no requiere ser declara judicialmente (2:10 p.m.)
16 de Junio de 2016
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Nota:
125758
Según la doctrina jurídica, la ineficacia de pleno derecho o la fórmula pro non scripta es la sanción que impone la ley a las cláusulas o pactos que contravienen las normas imperativas, el orden público o las buenas costumbres, consistente en que estas no produzcan los efectos inmediatos ni los efectos finales que estaban llamados a producir eliminándolos automáticamente de la realidad jurídica, como si estos nunca se hubieran realizado. Así, según explica una providencia del Consejo de Estado, a diferencia de otras figuras, la ineficacia de pleno derecho opera de forma inmediata en los casos expresamente previstos en el ordenamiento jurídico y no requiere ser declarada judicialmente, pues a través de la misma lo que se persigue fundamentalmente es la conservación del negocio jurídico eliminando de la realidad jurídica únicamente aquella cláusula o pacto del acto dispositivo que contraviene el sistema legal sin destruir o eliminar sus demás partes (C.P. Jaime Orlando Santofimio).
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