Importantes precisiones sobre el acta de liquidación unilateral del contrato (11:52 a.m.)
21 de Enero de 2020
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Nota:
114129
El acta de liquidación unilateral contiene el balance final, es decir, las cifras de ejecución del contrato estatal según la Sección Tercera del Consejo de Estado. En igual sentido, el alto tribunal indicó que en caso de incumplimiento o desequilibrio económico al finalizar el negocio jurídico, el contenido del acto constituye un soporte idóneo para la definición del monto que se pueden exigir recíprocamente las partes. Por otro lado, precisó que la liquidación unilateral del contrato corresponde a la postura de la Administración acerca del valor de asuntos en los cuales existieron diferencias que impidieron un acuerdo de bilateral en la materia. Finalmente, la Sección Tercera señaló que se está frente a una inepta demanda en caso de solicitar que se declare el incumplimiento, pero no se incluye la pretensión de nulidad del acta de liquidación. En consecuencia, en estos casos no es posible pronunciarse sobre el estado de cuentas del contrato, pues de lo contrario se desconocería la realidad financiera del mismo (C. P. Marta Velásquez).
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