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Gestión de negocios de adhesión inhabilita para ser congresista

01 de Septiembre de 2015

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Nota:
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El numeral 3° del artículo 179 de la Carta Política inhabilita para ser congresista a quienes hayan intervenido en la gestión de negocios ante entidades públicas en interés propio o el de terceros, en los seis meses anteriores a la fecha de la elección.

 

Según la Sección Quinta del Consejo de Estado, dicha participación o gestión inhabilitante también ocurre en los negocios de adhesión propios del mercado financiero, a pesar de que las partes se sometan a cláusulas preconcebidas por la Superintendencia Financiera, pues ellos son contratos generadores de derechos y obligaciones como cualquier otro.

 

Incluso, el banco tiene un espacio de voluntariedad superior al del contratista (cuentahabiente), sin que sea viable admitir que el representante del primero no intervino en la gestión de los negocios con el segundo, indicó.

 

Además, recordó que la prescripción de tal inhabilidad busca la igualdad de los aspirantes y evitar que el candidato use sus vínculos y relaciones con la administración pública en beneficio de sus intenciones electorales.

 

En todo caso, la inhabilidad se configura con las solas actuaciones precontractuales, sin que se requiera la celebración efectiva del negocio jurídico respectivo, señaló la providencia.

 

Nulidad

 

La corporación declaró la nulidad de la elección de Ana María Rincón Herrera como representante a la Cámara por el departamento del Huila, periodo 2014-2018.

 

A juicio del alto tribunal, la demandada, como gerente de una entidad financiera en la cual laboraba, ejerció conductas concretas, activas y dinámicas tendientes a gestionar negocios con entidades públicas durante el término inhabilitante.

 

Rincón Herrera participó en actuaciones y diligencias con organismos estatales, especialmente negocios privados y lucrativos, los cuales potenciaron su prestigio para su candidatura.  

 

(Consejo de Estado, Sección Quinta, Sentencia 11001032800020140005100, ago. 3/15, C. P. Lucy Jeannette Bermúdez)

 

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