Administrativo
Funcionarios no pueden presionar a subalternos para respaldar causas políticas
27 de Febrero de 2014
El personero de Bogotá, Ricardo María Cañón, les recordó a los empleados públicos las prohibiciones sobre participación en política y proselitismo previstas en la Constitución y la Ley de Garantías Electorales (Ley 996 del 2005), que son aplicables durante las campañas y elecciones para Congreso, Presidente de la República y revocatoria del mandato.
El funcionario advirtió que no puede haber acoso ni presiones a subalternos para respaldar causas políticas, difundir propaganda electoral a favor o en contra de candidatos o partidos, aducir razones de “buen servicio” para despedir a funcionarios de carrera, ni modificar nóminas o favorecer con ascensos.
Además, está prohibido celebrar convenios interadministrativos para la ejecución de recursos, inaugurar obras y apoyar programas sociales en reuniones o eventos en los que participen candidatos a la Presidencia o al Congreso. Los inmuebles o bienes muebles de carácter público no podrán utilizarse en actividades proselitistas, ni para facilitar alojamientos o transporte de electores, agregó
Tampoco se podrá modificar la nómina del Distrito Capital ni de sus entidades descentralizadas, hasta que concluyan los procesos electorales, salvo que se trate de provisión de cargos por faltas definitivas, con ocasión de muerte o renuncia irrevocable debidamente aceptada y aplicación de las normas de carrera administrativa.
Quienes vulneren estas medidas serán sancionados disciplinaria y penalmente, advirtió Cañón.
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