Administrativo
Funcionarios de periodo tienen estabilidad laboral relativa
14 de Junio de 2011
Aunque los cargos de periodo fijo no implican un derecho adquirido, sí generan una confianza y una estabilidad, es decir, una expectativa legítima para quienes los ocupan.
Así lo explicó el Consejo de Estado, al advertir que los funcionarios de periodo tienen una estabilidad laboral relativa por el tiempo para el que fueron nombrados.
Según el Consejo, esta particularidad ubica a los empleados de periodo fijo en una posición intermedia entre los empleados de libre nombramiento y remoción y los funcionarios de carrera.
Para el alto tribunal, en la relación jurídica entre la administración y su servidor se encuentran elementos objetivos que no pueden ignorarse, pues en ellos están inmersas la buena fe y la aptitud de la norma que establece vínculos predecibles y suficientes para garantizar confianza entre los asociados.
En esa medida, cuando se suprime un cargo de estas características, se causa un desequilibrio en esa confianza y estabilidad. Por lo tanto, debe pagarse una indemnización que cubra las sumas dejadas de percibir por el tiempo que falte para cumplir el periodo.
(C. E., Secc. Segunda, Sent. 25000232500020010788501 (165308), feb. 10/11, C. P. Gustavo Eduardo Gómez Aranguren)
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