Falta de infraestructura puede causar falla en la prestación del servicio de bomberos (1:52 p.m.)
28 de Julio de 2015
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Nota:
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La prevención y control de incendios y otras calamidades conexas atendidas por las instituciones bomberiles es un servicio público a cargo de los municipios, quienes pueden prestarlo a través de los cuerpos de bomberos oficiales o la celebración de contratos con voluntarios, señaló la Sección Tercera del Consejo de Estado. Entonces, existe falla del servicio cuando la entidad territorial no adopta las medidas necesarias para garantizar la prestación de aquel ni cuenta con la infraestructura requerida. No obstante, el alto tribunal aclaró que el municipio también debe reaccionar adecuada y efectivamente en el momento requerido, es decir, es indispensable que esté preparado para afrontar cualquier estado de emergencia o peligro (C. P. Olga Mélida Valle).
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