Falta de información en contratos de concurrencia no exime de responsabilidad frente al pago de pasivos pensionales (2:11 p.m.)
04 de Agosto de 2014
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Nota:
62552
La falta de información que deben reportar entre sí las entidades que celebran contratos de concurrencia no se puede plantear como excusa o eximente de responsabilidad de la administración para omitir el cumplimiento del deber de pagar el pasivo prestacional correspondiente, precisó el Consejo de Estado. En el caso bajo análisis, la corporación confirmó la sentencia del tribunal y afirmó que el Ministerio de Hacienda debe responder, en concurrencia con el departamento del Atlántico y el Hospital Universitario de Barranquilla (en liquidación), por las cesantías del demandante, liquidadas a diciembre de 1993. Teniendo en cuenta la pérdida del valor adquisitivo por más de 20 años, la corporación adicionó a la condena la correspondiente indexación (C.P. Luis Rafael Vergara Quintero).
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