Falta de disponibilidad presupuestal no afecta la existencia ni la validez del contrato estatal (3:22 p.m.)
30 de Septiembre de 2014
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Nota:
63600
La falta de disponibilidad presupuestal y de registro o reserva presupuestal no afectan la validez del contrato, aseguró la Sección Tercera del Consejo de Estado. A su juicio, ese hecho no incide en la selección del contratista ni en la formación de aquel, porque no es un requisito de su perfeccionamiento, sino de ejecución que solo genera la responsabilidad personal del funcionario que lo omite. Del mismo modo, la ausencia de ese requisito no produce la inexistencia del negocio ni lo vicia de nulidad, pues su papel es autorizar el inicio de la ejecución de las obligaciones, explicó la corporación. Así las cosas, el funcionario que ejecuta un contrato sin respaldo presupuestal responderá disciplinaria, penal, patrimonial y fiscalmente, destacó la sentencia. Adicionalmente, el alto tribunal aclaró que la disponibilidad presupuestal no permite desconocer los derechos laborales mínimos, en tanto la administración debe mantener disponibles los recursos para cumplir este tipo de compromisos, los cuales gozan de especial protección y prelación en el ordenamiento jurídico interno (C. P. Enrique Gil).
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