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Explican régimen de responsabilidad estatal por daños causados con vehículos automotores (10:46 a.m.)

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20 de Enero de 2015

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El Consejo de Estado declaró la responsabilidad estatal por la muerte de un motociclista, causada por la colisión de este con un vehículo conducido por un servidor público en estado de embriaguez. El fallo reprochó que el funcionario hubiera desatendido el deber objetivo de cuidado que dicha actividad comporta y desconocido las normas de tránsito. En ese contexto, señaló que, por regla general, el régimen de imputación es objetivo, en tanto la conducción de automotores crea un riesgo excepcional. Sin embargo, cuando la causa determinante del daño es el incumplimiento de los deberes y funciones asignadas a la administración, se debe aplicar la falla del servicio, reiteró el alto tribunal. En el caso analizado, la corporación redujo la condena impuesta en un 20 %, pues la víctima no portaba casco de protección, lo cual fue un comportamiento inadecuado, ya que debió extremar las medidas de seguridad (C. P. Carlos Alberto Zambrano).

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