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Excepciones a la reserva estatal del subsuelo solo comprenden situaciones jurídicas concretas (11:46 a.m.)

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02 de Octubre de 2014

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La Ley 20 de 1969 ratificó el dominio estatal sobre todas las minas y yacimientos de hidrocarburos, sin perjuicio de los derechos constituidos a favor de terceros. Según la Sección Tercera del Consejo de Estado, tal excepción solo comprende las situaciones jurídicas subjetivas y concretas debidamente perfeccionadas y vinculadas a yacimientos descubiertos antes del 22 de diciembre de 1969 (fecha de expedición de dicha norma). Entonces, para predicar la propiedad privada del subsuelo petrolífero se requiere el título específico o fallo judicial que conserve su validez y tal vinculación a los yacimientos, indicó el alto tribunal (C. P. Ramiro Pazos).

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