Estos son los requisitos procesales para declarar de manera oficiosa la nulidad absoluta del contrato
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31 de Marzo de 2020
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La Sección Tercera del Consejo de Estado recordó recientemente los requisitos procesales requeridos para que el juez pueda y deba declarar de manera oficiosa la nulidad absoluta del contrato. Entre ellos se encuentran: que la demanda se haya presentado en la oportunidad prevista en la ley, que se encuentren vinculadas al proceso todas las partes del contrato, que la nulidad sea palmaria u ostensible en el proceso y que la nulidad haya sido expuesta a la posible contradicción dentro del proceso (C. P. Marta Nubia Velásquez).
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