Estos son los requisitos para incluir elementos explicativos en el registro de la marca (2:49 p.m.)
25 de Octubre de 2017
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Nota:
57975
Al decidir en única instancia una acción de nulidad relativa, la Sección Primera del Consejo de Estado enfatizó los requisitos que se deben cumplir para incluir elementos explicativos en el registro de la marca. Según el fallo, estas exigencias son: (i) que se haga de buena fe, lo que significa que el uso de cualquier signo distintivo, expresión, palabra o frase no debe hacerse con el objetivo de causar daño o perjuicio; (ii) que no se inserten para ser usados a título de marca; (iii) que se limite al propósito de identificación o información, es decir, que el propósito de utilizar elementos explicativos sea para generar información cierta sobre los productos y servicios que se ofertan en el mercado y (iv) que no induzca al público consumidor a error, para lo cual se debe verificar que la expresión explicativa no genere confusión, se debe procurar que la elección del consumidor sea libre y consciente (C. P. Hernando Sánchez Sánchez).
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